Los Vinos de Mesa son aquellos vinos no incluidos en ninguna zona geográfica protegida. Estos vinos no pueden hacer ninguna referencia geográfica sobre su procedencia y no tienen que cumplir las exigencias que se piden a los vinos procedentes de zonas geográficas protegidas.
La Unión Europea estipulaba dos categorías: vino de mesa o vino de calidad. El vino de mesa, además de no poder indicar su región de producción (debiendo incluso usar códigos postales para evitar el nombre de una denominación de origen en la etiqueta), tampoco podía indicar el año de cosecha ni la variedad de uva. El Reglamento del 2008 permite su indicación siempre que se constate por una entidad certificadora.
En algunos lugares Vino de mesa o de pasto es la denominación genérica del más común y ligero de los vinos, que se bebe comúnmente durante la comida, a diferencia de otros vinos que suelen consumirse más al acompañar aperitivos o incluso junto al postre.
No obstante, con carácter excepcional pueden ser calificados como vinos de mesa vinos bastante ambiciosos, si están hechos con variedades vitíferas no tradicionales o con procesos para elaborar vino no convencionales. El ejemplo más conocido es lo que se llaman «supertoscanos», que se hacen con cantidades más altas de las permitidas de variedades internacionales (uvas foráneas en Italia como merlot o cabernet sauvignon) o sin incluir la obligatoria pequeña proporción de Cannaiolo, Malvasía y Trebbiano para la relevante apelación toscana. En 1992 Italia creó la Indicazione Geografica Típica (IGT) específicamente para permitir a los supertoscanos abandonar la categoría de «vino de mesa».